FICHA
- Producto Departamento
- Operación Alquiler
- Barrio San Cristóbal
- Ambientes 1
- Baños 1
- Antigüedad 3 años
- Estado Muy Bueno
- Disposición Frente
- Sup. Propia 31,25 m2
- Sup. Cubierta 29,00 m2
- Sup. Semi Cubierta 2,65 m2
- Expensas 110000
$ 500.000
ALQUILER
Humberto Primo 3200
San Cristóbal
ALQUILER AMPLIO MONOAMBIENTE (planta baja) - SAN CRISTOBAL
Amplio monoambiente con balcón techado al frente de calle. Cuenta con baño completo con ducha. Cocina con alacenas y bajo mesada. Anafe eléctrico. Termotanque eléctrico. Pre instalación lista para colocar aire acondicionado.
Todo eléctrico. Apto division interna! Apto cerramiento de balcones.
Apto mascotas.
Expensas de $110.000 (incluye pago de ABL y AySA).
Excelente ubicación!! A una cuadra de la estación General Urquiza de la Línea E de subte. 25 cuadras del Obelisco. Av Belgrano. Av Independencia. Au. 25 De Mayo. Próximo a plazas y espacios verdes. Hospital César Milstein. Hospital General de Agudos José María Ramos Mejía.
CONTRATO 2 AÑOS
AJUSTE TRIMESTRAL POR ICL
SE REQUIERE SEGURO DE CAUCION - GARANTÍA YA
DETALLE DE LA PROPIEDAD
ADICIONALES
Apto Profesional
Terraza
Balcón
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.